Hola a tod@s
Tenemos convocado para el próximo martes pleno extraordinario:
De conformidad con lo previsto en los artículos 46.2.a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 80 del Reglamento Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por medio de la presente se le convoca a Vd. a SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO, que se celebrará el próximo MARTES, 10 DE JUNIO CORRIENTE, a las DIECIOCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS (18:30 hs), en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento.
El desarrollo del mismo se ajustará al siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1.- PROPUESTA MODIFICACIÓN CONDICIONES FINANCIERAS CRÉDITOS ICO
El acuerdo supondría un pequeño balón de oxigeno para la economía del municipio, al menos para este año que se comenzaría a amortizar los prestamos ICO que se solicitaron para el pago a proveedores por valor de 2.500.000 €. El acuerdo será el siguiente:
PROPUESTA MODIFICACIÓN CONDICIONES FINANCIERAS CRÉDITOS ICO.- Exp. 230/2014.- Vista la Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se da cumplimiento al Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 24 de abril de 2014, para la modificación de determinadas condiciones financieras de las operaciones de endeudamiento suscritas con cargo al mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales y la documentación complementaria procedente de la oficina virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, teniendo en cuenta que este Ayuntamiento tiene suscritos dos préstamos en el marco de la de la primera fase del mecanismo de pago a proveedores, al amparo de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 4/2012, de 24 de febrero, por importe inicial de 2.278.274,40 y 348.150,72 euros, conforme a acuerdos plenarios de 14 de mayo y 18 de julio de 2012 y cuyo importe actualizado, pendiente de amortización, es de 2.175.310,45 y 348.150,72 euros.
Teniendo en cuenta, igualmente, que la resolución de 13 de mayo corriente, citada, regula tres paquetes de medidas, excluyentes entre sí, y que por medio de la oficina virtual el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas nos informa que este Ayuntamiento puede solicitar acogerse a cualquiera de ellas.
Considerándose que, por las circunstancias propias de este Ayuntamiento, la más adecuada para nuestros intereses es la número 2, consistente en ampliación del período de carencia en 1 año más, manteniendo el inicial de amortización de 10 años, y reducción del tipo de interés en los términos que fija el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 24 de abril de 2.014, y que para ello no se requiere la formalización de un nuevo plan de ajuste.
Se propone la adopción del siguiente acuerdo:
1º.- Acogerse a la ampliación del período de carencia en 1 año más, manteniendo el inicial de amortización de 10 años, y reducción del tipo de interés en los términos que fija el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 24 de abril de 2.014, en relación a los préstamos que este Ayuntamiento tiene suscritos con el Banco Popular, por importe de 2.175.310,45 y 348.150,72 euros pendientes de amortización, en el marco de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 4/2012, de 24 de febrero, todo ello de conformidad con la Resolución de 13 de mayo de 2014, citada.
2º.- Adherirse al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado de acuerdo con lo previsto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.,
3º.- Adherirse a la plataforma Emprende en 3 prevista en el Acuerdo del Consejo de Ministros para impulsar y agilizar los trámites para el inicio de la actividad empresarial de 24 de mayo de 2013.
4º.- Proceder a la sustitución inmediata de, al menos, un 30% de las vigentes autorizaciones y licencias de inicio de actividad económica por declaraciones responsables, de acuerdo con lo previsto en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, y elaborar un informe de evaluación de las normas de la entidad local que deben modificarse por resultar incompatibles con la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de acuerdo con las directrices fijadas por el Consejo para la unidad de mercado.
5º.- Declarar la innecesariedad de modificar el Plan de Ajuste aprobado por acuerdo plenario de 27 de marzo de 2012, confirmando, por tanto, el mismo.
Un saludo
Hilario Lázaro
Portavoz de
AVR